
El Notariado de nuestro país está integrado en Europa, por lo que también la titular de la Notaría Granado es Notaria europea y atiende en varios idiomas.
- El CNUE es el organismo oficial de representación de la profesión notarial ante las instituciones europeas y tiene la potestad de hablar, negociar y tomar decisiones en nombre de los Notariados integrados en el mismo.
- Actualmente, 22 países integran el CNUE (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal, la República Checa y Rumania).
- La integración notarial europea ayuda a que el documento notarial tenga garantías jurídicas en el plano supranacional, y revela que nuestro Notariado está modernizado y coordinado, en la medida de la ley, con otros Estados de la UE, todo ello con la idea de cercanía en la globalización.
- El CNUE, reunido en la capital de España, por Acuerdo de 23-03-1990, aprobó la conocida como Declaración de Madrid, sobre el Título de Notario.
- Según dicho documento europeo, quien ha obtenido el título de Notario tiene, en la UE ,el carácter de «oficial público» que ostenta «una delegación de la autoridad del Estado para dar, a los documentos que redacta y de los que es autor, el carácter de autenticidad, que confiere a dichos documentos, cuya conservación asegura, la fuerza probatoria y la fuerza ejecutiva».
El Parlamento Europeo, en su Resolución de 19-01-1994, sobre el Notariado en los Estados miembros de la UE (DOCE núm. 44, de 14-02-1994), destacó las siguientes notas comunes a la profesión notarial en la UE:
- Una delegación especial del poder del Estado para asegurar el servicio público consistente en garantizar la legalidad y conferir autenticidad, fuerza ejecutoria y valor probatorio a los actos y negocios jurídicos que intervenga, así como el asesoramiento, previo e imparcial, prestado a las partes en ellos interesadas.
- Una actividad independiente que se ejercita en el marco de un cargo público, bajo la forma de una profesión liberal, pero sometida al control del Estado en cuanto a la observancia de las normas referentes al documento notarial y a la reglamentación de las tarifas en interés de los clientes.
- Una regulación estatal del acceso a la profesión y la organización de la misma, con el establecimiento de numerus clausus y rigurosa selección objetiva para acceder a la profesión notarial, la distribución territorial de plazas notariales en función de las necesidades del servicio y la existencia de un Protocolo de documentos originales, de cuya custodia y conservación está encargada la persona con título de Notario que los autoriza y en base al cual expide las copias.