La Notaría Granado, de Vitoria-Gasteiz asesora sobre la mejor fórmula legal para el inicio, desarrollo y conclusión de las distintas actividades económicas o profesionales y presta los siguientes servicios notariales en asuntos mercantiles y societarios:
Operaciones de constitución y disolución
- La Notaria asesora sobre el tipo social y configuración más adecuada a lo que se pretende.
- Tambien aconseja la Notaria sobre los procedimientos, requisitos y actuaciones necesarios para escriturar y llevar a cabo la constitución y disolución de los distintos tipos societarios.
- Ante la Notaria se puede constituir y disolver Sociedades, Cooperativas, Fundaciones, Asociaciones, Uniones temporales y Agrupaciones de empresas, o cualesquiera otros tipos de entidades societarias.
- La Notaria realizar los procedimientos y actuaciones precisas para ello y presta el asesoramiento y apoyo necesarios.
- En la Notaría, se pueden realizar las gestiones telemáticas al efecto, hasta la inscripción en el Registro mercantil.
Otras operaciones societarias
- Ante la Notaria, se pueden realizar diversas operaciones societarias, como las siguientes:
- Fundación sucesiva de una SA.
- Ampliaciones y reducciones de capital.
- Transmisión de participaciones y acciones sociales.
- Cese y nombramiento de administradores, consejeros o apoderados.
- Separación de socios.
- Protocolización de acuerdos societarios.
- Celebración notarial de Juntas societarias.
- Operaciones de financiación de empresas.
- Cambio de objeto, de domicilio o cualquier otra modificación de Estatutos sociales.
- Operaciones estructurales, como fusiones, escisiones, transformaciones y disoluciones de Sociedades.
Negocios del tráfico mercantil
- Ante la Notaria, se pueden realizar diversos negocios propios del tráfico mercantil, como los siguientes:
- Transmisiones de patentes, marcas y otros elementos de propiedad industrial.
- Préstamos, con garantía personal y real; incluyendo hipotecas, créditos, leasing y renting.
- Refinanciaciones y reestructuraciones de deudas, créditos sindicados y emisiones de títulos de deuda.
- Constancia de casos de robo, hurto, extravío o destrucción de títulos-valores (art. 78 LN).
- Depósitos en materia mercantil y venta de los bienes depositados (art. 79 LN).
- Nombramiento de peritos en los contratos de seguros (art. 80 LN).
- Protestos de letras y otros efectos cambiarios.